¿POR QUÉ ELEGIRNOS?
Una letrada disponible y atenta a sus necesidades.
La Letrada Emilie Pavageau concibe el ejercicio de la ley como una relación de confianza entre el cliente y el abogado, y tiene como filosofía ofrecer a sus clientes un servicio de proximidad y disponibilidad.
Inscrita
Letrada inscrita en el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona,
Doble formación
En derecho y en traducción,
Sitges
Dinamismo en tratar rápida y eficazmente los procedimientos
Confianza
Escucha con atención a sus clientes y establece con ellos una relación de confianza
Damos servicios
Areas profesionales
En el ejercicio de su profesión, Emilie Pavageau escucha con atención a sus clientes y establece con ellos una relación de confianza a fin de desarrollar una estrategia adaptada para defender su causa. La letrada propone siempre soluciones racionales, cumpliendo con las leyes vigentes.
Sobre nostoros
¿Por qué necesitas a las mejores abogados ?
El bufete de la Letrada Emilie Pavageau, situado en Sitges, atribuye una especial importancia a la satisfacción de sus clientes. Aplica sus conocimientos, su determinación y su dinamismo en tratar rápida y eficazmente los procedimientos que se le presentan.
En el ejercicio de su profesión, Emilie Pavageau escucha con atención a sus clientes y establece con ellos una relación de confianza a fin de desarrollar una estrategia adaptada para defender su causa. La letrada propone siempre soluciones racionales, cumpliendo con las leyes vigentes.
95%
Clientes Contentos

100+
Casos penales

200+
Casos civiles

49+
Casos laborales

80+
Casos familiares
Reseñas
Lo que dicen nuestros clientes sobre nosotros
Franca Battisti04/07/2023Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Très bon suivi de dossier et ne ménage pas ses efforts satisfaire ses clients Nous recommandons Émilie sans hésiter Adrian H11/05/2023Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy buena, muy amable y muy sincera. La recomiendo 100%
Como trabajamos
Honorarios
Transparencia
Se pactaran con el cliente en función de la naturaleza y de la complejidad del expediente
Contrato
De honorarios será firmado previamente al inicio de todo procedimiento
Citas y consultas
El importe de las citas y consultas se considera como entregado a cuenta y será deducido de los honorarios
Proceso
FAQS
Que tienes que saber
antes de empezar todo.
El derecho civil es la rama del derecho que, en general, regula las relaciones civiles o privadas de las personas. Es una de las ramas más antiguas del derecho. El derecho civil se ocupa del estado civil de las personas, sus derechos y deberes familiares, la propiedad y los demás derechos reales sobre las cosas, el régimen de las obligaciones y contratos y las sucesiones y herencias.
El derecho civil se divide en cuatro grandes ramas: la parte general (el derecho subjetivo en general, la nacionalidad, el domicilio, la adquisición y extinción de la personalidad civil), el derecho de obligaciones y contratos (responsabilidad contractual y extra contractual y régimen jurídico general y especial de las obligaciones y los contratos), los derechos reales (propiedad y posesión, derechos reales de goce, de adquisición preferente y de garantía, con especial atención al derecho hipotecario) y el derecho de familia y las sucesiones (regulación del matrimonio, relaciones entre los progenitores y los hijos, derecho de alimentos, herencias y distintos modos de suceder).
El derecho laboral, derecho del trabajo o derecho social1 es una rama del Derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano realizado en forma libre, por cuenta ajena, en relación de dependencia y a cambio de una contraprestación. Es un sistema normativo heterónomo y autónomo que regula determinados tipos de trabajo dependiente y de relaciones laborales. Quien se especializa en esta área recibe el nombre de laboralista.
El derecho penal es el análisis precavido de leyes y una rama del derecho público que regula la potestad punitiva (ius puniendi), es decir que regula la actividad criminal dentro de un Estado. El derecho penal asocia a la realización de determinadas conductas, llamadas comúnmente delitos, penas y medidas de seguridad como consecuencias jurídicas. El Derecho Penal es una agrupación de normas que regulan los tres pilares del debido proceso, con la finalidad principal de la aplicación de las leyes de fondo, o derecho sustancial.1
Se entiende por derecho penal a la rama del Derecho que «se encarga de normar y concebir las capacidades punitivas», es decir, de castigo, que se reserva el Estado para aquellos que violentan las normas de convivencia o de conducta, siempre a partir de un principio de proporcionalidad y de imparcialidad. Cuando se habla de derecho penal, se hace uso del término con diferentes significados, de acuerdo con aquello a lo que se desee hacer referencia; de tal manera, puede hablarse por una parte de un Derecho penal sustantivo y, por otro lado, del Derecho penal adjetivo o procesal penal.
En Derecho canónico, son los Tribunales Eclesiásticos los encargados de declarar la nulidad matrimonial. Existe un Tribunal de primera instancia por cada Diócesis (con un mínimo de una Sala de tres jueces o con varias, dependiendo del volumen de asuntos), un Tribunal de apelación en las Archidiócesis y finalmente cabe recurrir ante el Tribunal de la Rota Española, con sede en Madrid o a la Rota Romana.
El proceso de nulidad canónica se inicia mediante demanda (dubio) interpuesta por abogado y procurador ante el Tribunal eclesiástico del domicilio de uno de los contrayentes. Todos los que intervienen en el Tribunal deberían ser, al menos, Licenciados en Derecho. El proceso es juzgado por tres jueces, uno de los cuales actúa de ponente. Se desarrolla mediante procedimiento contradictorio entre demandante (o demandantes, si la nulidad la solicitan ambos cónyuges a la vez) y Defensor del Vínculo (Fiscal Eclesiástico). Del proceso levanta acta el Notario-Actuario (equivalente al Secretario judicial).
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